Corte Suprema amplía la protección laboral para trabajadores prepensionados

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La Corte Suprema de Justicia, a través de la sentencia SL2600-2025, adoptó una decisión de alto impacto en materia laboral al ampliar el alcance del fuero de prepensionado, estableciendo que esta protección también cobija a los trabajadores que ya cumplieron las semanas de cotización y solo les falta el requisito de edad para pensionarse.

El pronunciamiento se dio al resolver un recurso de casación presentado por un trabajador del sector privado despedido sin justa causa cuando tenía 59 años de edad y contaba con las semanas mínimas exigidas para acceder a la pensión de vejez, pero aún no alcanzaba la edad legal. En instancias anteriores, la justicia había negado el reintegro al considerar que el fuero de prepensionado solo operaba cuando el despido impedía completar las semanas de cotización.

La Sala de Casación Laboral corrigió ese criterio y sostuvo que la estabilidad laboral reforzada de los prepensionados tiene un fundamento constitucional, ligado a la protección del mínimo vital, la dignidad humana, la igualdad y el derecho a la seguridad social. Según la Corte, el despido en la etapa inmediatamente previa a la pensión coloca al trabajador en una situación de especial vulnerabilidad, especialmente por las dificultades reales de reincorporarse al mercado laboral a edades avanzadas.

En su análisis, el alto tribunal enfatizó que no existe una diferencia válida entre faltar semanas de cotización o faltar edad, ya que en ambos escenarios se pone en riesgo la subsistencia del trabajador y de su núcleo familiar. Por ello, afirmó que la protección del fuero de prepensionado no puede limitarse a un solo requisito pensional.

Asimismo, la Corte precisó que esta garantía aplica tanto para trabajadores del sector público como del sector privado, al derivarse directamente de principios constitucionales y no de una norma exclusiva para servidores públicos. En este sentido, el fallo se aparta expresamente del criterio restrictivo adoptado previamente por la Corte Constitucional.

Con esta decisión, la Corte Suprema refuerza el carácter protector del derecho laboral colombiano y consolida una interpretación más amplia del fuero de prepensionado, orientada a garantizar una transición digna y sin rupturas económicas abruptas hacia la pensión de vejez.