La Poliza de seguros de vida para trabajadores de la CGR

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Condiciones tecnicas obligatorias habilitantes, seguro de vida grupo trabajadores


Tomador: Fondo de Bienestar Social de la Contraloria General de la República
Asegurado: Funcionarios de la Contraloria General de la República.
Beneficiario: los designados por el asegurado o los de ley y/o el asegurado en los casos que a ello hubiere lugar.

1. Objeto del seguro
Ampara a todos los funcionarios de la contraloría general de la republica, sin excepción y a la persona natural que, dentro del desempeño del cargo asegurado, presta su servicio a la contraloría general de la republica, vinculada a este mediante nombramiento por decreto o resolución o el documento que haga sus veces.

2.Edades de ingreso y permanencia

Amparo al cumplimiento de los: Mín. Ingreso Máx. Ingreso Permanenecia
(Básico) y auxilio funerario 18 años 70 años+364 días

Sin límite de edad

Incapacidad total y permanente. 18 años 69 años+364 días

70 años+364 días

Indemnización adicional por muerte
accidental y beneficios por
desmembración a consecuencia
de accidente.

18 años 65 años+364 días

70 años+364 días

Enfermedades graves.

18 años 64 años+364 días

70 años+364 días

 

3.Amparos obligatorios y valor asegurado individual

Los siguientes son los amparos otorgados bajo esta póliza:

Amparos alcance del amparo vr. Asegurado individual

-Fallecimiento por cualquier causa.
-Fallecimiento por cualquier causa, suicidio, homicidio, terrorismo y fallecimiento por sida desde el primer día de vigencia de la póliza, coronavirus, covid-19, enfermedades infecto contagiosas. No aplicación de pre-existencias.

La aseguradora indemnizará el valor asegurado de cualquiera de los funcionarios amparados en la presente póliza sea cual fuere la causa del fallecimiento, dado
que no hay lugar a la aplicación de ningún tipo de exclusión o prexistencia y no existe declaración de asegurabilidad.

12 sueldos (asignación básica mensual a la fecha del fallecimiento)
Enfermedades graves propuesta nota: Las enfermedades graves se regirán por la definición que adjunte el oferente seleccionado a su enfermedades graves: opera como un anticipo del 50% (6 sueldos) del valor asegurado contratado en el amparo básico (vida), opera desde el inicio de vigencia de la presente póliza y del inicio del amparo individual y sea diagnosticáda al asegurado por primera vez durante la vigencia de la póliza y de cualquiera de las siguientes enfermedades:

- cáncer
- infarto de miocardio
- insuficiencia renal aguda y crónica
- esclerosis múltiple
- accidente cerebro vascular
- intervención quirúrgica por enfermedad de las arterias coronarias
- angioplastia, operaciones de válvulas, cirugía de la aorta
- quemaduras graves
- trasplante de órganos vitales (hígado, pulmón, páncreas, riñón y corazón)
- alzheimer
- parkinson
- estado de coma

Abre el archivo adjunto para leer completos los términos y condiciones de la poliza.

Adjuntos