Ahora en Nariño: ¿Dónde está la concertación de objetivos?

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La organización sindical Ascontrol, nos permitimos dar a conocer la situación lesiva a nuestros derechos de carrera administrativa relacionada con situaciones irregulares que se presentaron con ocasión de la concertación de objetivos de trabajo, en la Gerencia Departamental Colegida de Nariño.

Los funcionarios adscritos al Grupo de Vigilancia Fiscal, oportunamente ingresaron al sistema sus objetivos, sin embargo, la Gerencia, sin el consentimiento, ni comunicación previa a los trabajadores, la modificó unilateralmente al reemplazar en la concertación de objetivos la descripción, las evidencias de cumplimiento y el porcentaje; unificando en un solo objetivo, actividades que en vigencias anteriores estaban comprendidas en dos ítems que constituyen las actividades misionales principales de los profesionales auditores.

Lo anterior constituye un acto arbitrario de la administración, que pretende desconocer el trabajo realizado, dado que con los valores asignados no se evalúa equitativamente el rendimiento y los resultados.  Es tal la inobservancia de las normas que rigen la concertación de objetivos que en la descripción del primer objetivo se incluye la realización de auditorías y el trámite de denuncias que sean asignadas en el período, lo cual es  valorado  con un mínimo porcentaje, esta redacción no toma en consideración el tiempo dedicado a cada actividad concertada, sin precisar un rango que le permita al trabajador obtener valor agregado por el cumplimiento de las metas pactadas.

Por otra parte, se desconoce ostensiblemente el carácter específico y concreto de los compromisos concertados, puesto que se establece como segundo objetivo  efectuar las demás actividades que asignen los Coordinadores de Gestión y la Gerencia Colegiada, descripción a la cual se otorga un alto porcentaje en perjuicio del funcionario de carrera, todo lo cual no corresponde con la reglamentación establecida para la estructuración de los objetivos de concertación a través de la Resolución 043 de 2006.

Similar situación irregular se evidencio respecto de los funcionarios adscritos al Grupo de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva, quienes al intentar registrar sus objetivos de trabajo en el nuevo aplicativo dentro del plazo establecido, encontraron que la gerencia ya había diligenciado unilateralmente la descripción, las evidencias de cumplimiento y el porcentaje de la concertación, sin propiciar ningún espacio de diálogo para llegar a acuerdos sobre las posibilidades reales y demás requerimientos necesarios para el cumplimiento de tan altas metas, las cuales desconocen la carga laboral actual, los resultados de vigencias pasadas y los insumos entregados por las demás áreas misionales, aún más sin considerar las deficiencias de personal, de capacitación y demás recursos tecnológicos.

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