Procedimiento para reprogramar turnos de vacaciones

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Desde la Oficina Jurídica se indagó la manera de acceder a los turnos navideños obteniendo la siguiente información:

Se debe solicitar la reprogramación de vacaciones: el enlace de TH de cada dependencia, debe imprimir nuevamente las planillas de turno de vacaciones y las planilla de turnos navideños, las cuales se adjuntarán a la comunicación formal suscrita por el Jefe de la dependencia que se dirige a la Dirección de Gestión de Talento Humano, solicitando la reprogramación.   Las planillas deben suscribirse por cada funcionario que solicita la reprogramación y turno navideño. LO MÁS PRONTO POSIBLE.

Se debe tener en cuenta que quienes reprogramen vacaciones y accedan a turno navideño, NO PODRÁN solicitar la suspensión de vacaciones, salvo estricta NECESIDAD DEL SERVICIO, según criterio del jefe de la dependencia.

El jefe de la dependencia debe GARANTIZAR que la misma cuente con personal durante todo el período para que no se paralice la labor administrativa.

Frente al disfrute para acceder a los turnos, debe tenerse en cuenta que:

Quienes disfruten en el mes de diciembre, una recomendación sería salir desde el 7 de diciembre regresando el 28 de diciembre, lo que les permite tomar el segundo turno, así, en realidad saldrían el 7 de diciembre y regresarían hasta el 8 de enero.

Quienes tomen vacaciones a partir del 31 de diciembre, pueden tomar el primer turno, de esta manera trabajan hasta el 21 de diciembre hasta las 5 pm y regresan hasta el 22 de Enero de 2018.

Quienes hubieran suspendido, deben atenerse a la fecha contenida en la Resolución, pues esta NO SE PUEDE MODIFICAR, de tal suerte que de acuerdo a la fecha que esté en la Resolución deben evaluar cuál turno se ajusta más.  Se resalta que si no se ajusta a un turno navideño completo, SOLO DEBEN COMPENSAR el tiempo restante del turno.  Ejemplo: Si la Resolución de Suspensión contempla salir el 20 de Diciembre y Regresar el 9 de Enero, se perdería el día 8 de Enero, sin embargo, puede tomar el tercer turno y compensar sólo el equivalente a 3 días, es decir, 24 horas.

Lo anterior, para más claridad para los compañeros que indaguen al respecto.

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