Primero la salud y la vida. Pandemia y Control Fiscal

Image

Bogotá, D. C. Mayo 07 de 2020

Doctor
CARLOS FELIPE CÓRDOBA LARRARTE
Contralor General
Contraloría General de la República

ASUNTO: Primero la salud y la vida. Pandemia y Control Fiscal

Teniendo en cuenta que el Gobierno Nacional, mediante decreto No 636 del 6 de mayo de 2020, extendió en todo el territorio nacional el aislamiento obligatorio generado por la pandemia del Covid-19, esta decisión, sin embargo, no significa que la ciudadanía en general pueda regresar a sus actividades y desplazamientos cotidianos, ni la terminación de la emergencia sanitaria, o que se haya conjurado o el riesgo de contagio. Ante esta situación, consideramos que se debe mantener la estrategia de “trabajo en casa” implementada por la administración de la CGR, el mayor tiempo posible, de manera que se garantice la protección de la salud y la vida de los trabajadores.

Lo anterior de conformidad con la abundante normatividad expedidas por el Ministerio del Trabajo dentro de la emergencia sanitaria y que privilegian el trabajo en casa para los servidores Públicos, como Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, Decreto 457 del 22 de marzo de 2020, Decreto 491 del 28 de marzo de 2020 y el Decreto 637 del 06 de mayo de 2020, entre otros

Somos conscientes del impacto que nuestro quehacer misional tiene en la ciudadanía y en los resultados que el país espera, especialmente con las nuevas facultades otorgadas mediante el Decreto 403 del 16 de marzo de 2020, planteamos a continuación unas propuestas que permitirán continuar desarrollando nuestras funciones a través del trabajo en casa.

Para esta modalidad de trabajo en casa, debe darse preferencia a los funcionarios con hijos menores, funcionarios condiciones médicas preexistentes que los hacen más vulnerables que pueda significar comorbilidad. Igualmente, los funcionarios cuidadores de adultos mayores dependientes o hijos en condición de discapacidad.

Para ello, relacionamos algunas actividades que, a nuestro juicio garantizan la protección a la salud y la vida de los funcionarios y sus familias y el cumplimiento de nuestras funciones misionales e Institucionales:

 

  • Proceso micro, denuncias, estudios sectoriales, control macro, participación ciudadana y posconflicto, proponemos que los términos programados para el segundo semestre cubran el período de agosto del presente año a la segunda semana de diciembre con posibilidad de prórroga hasta finales de febrero de 2021, priorizando la actividad laboral en casa y dejando únicamente las actividades presenciales en los casos estrictamente necesarios.

 

  • Las auditorías financieras que sustentarán la Auditoría al Balance General de la Nación, año 2020, podrían iniciarse con una Auditoría Preliminar el último trimestre del presente año y continuar el primer trimestre del año 2021 que se desarrollaría entre octubre y diciembre de 2020, realizando igualmente parte del Trabajo en Casa y aplicar in situ las pruebas y/o procedimientos que así lo requieran.

 

  • Programar reuniones de equipos de trabajo, en aquellos casos estrictamente necesarios de tal manera que no haya presencia de la totalidad de los funcionarios en las instalaciones de la entidad tanto en el Nivel Central como en las Gerencias, para lo cual se puede establecer un porcentaje dependiendo del número de funcionarios por dependencia,

 

  • Macroproceso de Responsabilidad Fiscal, Oficina Jurídica, Control Interno, Control Disciplinario, también podrán continuar desarrollando su trabajo en casa a través de los medios tecnológicos dispuestos por la entidad, alternando con aquellas actividades que necesariamente deban realizarse de manera presencial.

    A efectos de garantizar la publicidad, notificación y contradicción de los actos administrativos, se sugiere, una vez se levante el aislamiento decretado por el Gobierno, implementar el procedimiento de notificación electrónica, de conformidad con lo establecido por el decreto 491 de 2020, artículo 4, para las notificaciones personales; disposición en la que se plantea la notificación por correo electrónico como mecanismo principal para dar a conocer las decisiones de la administración y de manera subsidiaria, la contenida en el artículo 67 y s.s. de la ley 1437. Para ello, consideramos importante que la administración oriente sobre la aplicación de la notificación personal electrónica por regla general, y temporal durante la vigencia de la emergencia sanitaria.

    En cuanto a la celebración de audiencias públicas, versiones libres, recepción testimonios, etc., con el adecuado manejo y aprovechamiento de las TIC, podemos adoptar protocolos para realizar virtualmente aquellas diligencias y adelantarse de manera remota, logrando con ello que se avance en este tipo de procesos y diligencias y de manera excepcional, realizar aquellas que requieran ser presenciales.

 

  • Para aquellas actividades de apoyo OSEI, USATI, Planeación, Gerencia Administrativa y Financiera, Gerencia del Talento Humano, CEF, entre otras y para todos los funcionarios del Nivel Asistencial, igualmente debe preferirse el trabajo en casa y para aquellas actividades que por su naturaleza no sea posible realizar el desde casa se debería programar horarios flexibles debidamente concertado entre el funcionario y el jefe de la dependencia.

 

  • Es importante tener en cuenta que si se decide retomar las labores de manera ordinaria en las sedes de trabajo, esta situación implicará una reorganización de puestos de trabajo y ampliación de la infraestructura en todas las sedes de la entidad, con el fin de preservar una distancia mínima entre compañeros; más la adquisición de los implementos de protección necesarios como caretas, trajes antifluido, mascaras, gafas y, desinfectantes, entre otros, para todos los funcionarios de la entidad que deban tener contacto con los ciudadanos, así como un protocolo de emergencia para ser aplicado.

 

Como lo hemos manifestado en ocasiones anteriores, la salud y la vida son derechos fundamentales y es menester de la administración establecer las condiciones y tomar las decisiones necesarias para garantizarlos.

Lo anterior, lejos de pretender ser imposiciones, son propuestas que buscan servir de marco para la discusión sobre cómo debemos implementar y actuar al interior de la CGR a partir del 25 de mayo, creemos que la labor de control, dadas la experiencia y compromiso de los funcionarios se puede desarrollar fundamentalmente trabajo en casa por lo menos en lo que resta de esta vigencia.

Cordialmente,

ASCONTROL
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL

 

CARLOS SAAVEDRA ZAFRA                        ROCIO AMRGARITA PALLARES ORTIZ

Presidente Nacional                                                        Secretaria General