¡ATENCIÓN! Compañeros Provisionales
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Desde ASCONTROL reiteramos comunicado emitido por el Fondo de Bienestar Social de la CGR, con información importante sobre el reconocimiento y pago de cesantías (DEFINITIVAS) para los compañeros provisionales que tuvieron solución de continuidad, esto es, a quienes les transcurrieron más de 15 días hábiles entre la terminación de un nombramiento y su nueva vinculación.
"Me permito brindarles orientación respecto a sus derechos prestacionales, específicamente en lo relacionado con el auxilio de cesantías derivado de aquellos nombramientos en provisionalidad que hayan finalizado con interrupción de la continuidad en el servicio.
Con el ánimo de proteger su patrimonio y garantizar el acceso oportuno a sus beneficios, es fundamental recordar que, de acuerdo con el Artículo 102 del Decreto 1848 de 1969 y el Artículo 41 del Decreto Ley 3135 de 1968, las acciones para reclamar estas prestaciones prescriben en un término de tres (3) años, contados a partir de la fecha en que la obligación se hizo exigible (es decir, desde la fecha de desvinculación de su nombramiento anterior).
Al respecto, se debe precisar:
- Entidad Competente: El reconocimiento y pago de las cesantías definitivas por la terminación de un vínculo anterior es una responsabilidad que debe gestionarse directamente ante el empleador, la Contraloría General de la República, y NO ante el Fondo de Bienestar Social (FBSCGR).
- Canales de Trámite: El canal virtual del FBSCGR está habilitado exclusivamente para el trámite de cesantías parciales (vivienda y educación). Por lo tanto, para las cesantías definitivas del vínculo anterior, se debe seguir el procedimiento administrativo establecido por la CGR.
- Procedimiento y Formatos: Adjunto a este mensaje encontrarán el procedimiento detallado y el formato dispuesto para elevar esta solicitud. Los invito a que revise cada uno su situación y de ser procedente a radicar su trámite a la mayor brevedad posible para evitar el cumplimiento del término de prescripción mencionado.
NOTA: Esta comunicación se emite con un propósito estrictamente informativo y preventivo, motivada por el conocimiento reciente de al menos dos casos en los que, infortunadamente, el derecho al pago de las cesantías ya ha prescrito por no haberse solicitado dentro de los términos legales.
Teniendo en cuenta que el objetivo es evitar que situaciones similares afecten el patrimonio de otros compañeros, les invito a revisar su situación administrativa particular. No obstante, dado que desconozco las condiciones específicas de cada historia laboral, me abstendré de responder consultas personales o brindar asesoría sobre casos puntuales.
Cualquier inquietud deberá ser dirigida formalmente a las dependencias competentes de la Dirección de Talento Humano de la Entidad".
Nuestro compromiso siempre a favor de todos los funcionarios.
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