Medidas de protección al empleo por la fase de contención del covid-19

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Circular N. 0021 de 2020
17 de marzo de 2020

Para: Empleadores y trabajadores del sector privado
De: Ministerio del trabajo

Asunto: Medidas de protección al empleo con ocasión de la fase de contención de covid-19 y de la declaración de emergencia sanitaria.

El pasado 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud calificó el virus COVID-19 como una pandemia, lo cual significa que esta enfermedad se ha propagado a nivel mundia, registrándose en este momento más de 120 países afectados.

Este fenómeno de salud pública, tiene el potencial de afectar numerosos aspectos de la vida cotidiana incluyendo el empleo, por lo cual, este Ministerio presenta los siguientes lineamientos que pueden ser considerados por los empleadores, con el fin de proteger el empleo y la actividad productiva, considerando que se trata de un fenómeno temporal y que el trabajo, conforme lo señala el artículo 25 constitucional, "es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado."

El ordenamiento jurídico colombiano en materia laboral, en efecto, prevé una serie de mecanismos que este Ministerio se permite recordar y exponer:

1. Trabajo en casa (Condiciones)
2.Teletrabajo (Condiciones)
3. Jornada laboral flexible (Condiciones)
4. Vacaciones anuales, anticipadas y colectivas (Condiciones)
5. Permisos remunerados - Salario sin prestación del servicio (Condiciones)
    5.1 Sallario sin prestación del servicio

Para ver las leyes y condiciones de cada uno de los ítem anteriores, por favor abrir el archivo adjunto.