Sindicatos de la CGR solicitan convocatoria a concurso de méritos

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Doctor
CARLOS FELIPE CORDOBA LARRARTE
Contralor General de la República
Contraloría General de la Republica.


ASUNTO: SOLICITUD CONVOCATORIA CONCURSO ABIERTO. - art 12 decreto 268 de 2000.


Dentro del marco de las reuniones realizadas con ocasión de la mesa Técnica para definir la ruta administrativa y/o legal que conduzca a reglamentar la forma de provisión de los cargos de carrera administrativa de la Contraloría General de la República, viabilizando el concurso mixto, es decir abierto   y ascenso, después de analizar los antecedentes jurisprudenciales y legales vemos que existe un consenso mayoritario entre las partes- Gobierno-administración y organizaciones sindicales, en que la salida jurídica para viabilizar el concurso de ascenso en la Contraloría General de la República, es de orden legal, atendiendo  lo dispuesto en nuestro decreto Ley 268 de 2000.

Lo anterior significa entonces que hasta tanto no se expida la norma que establezca y reglamente este tipo de concurso al interior de la CGR, no será posible convocar a concurso de ascenso en el inmediato futuro. No obstante, lo anterior no quiere decir ni es óbice para   que no se convoque el concurso abierto de méritos con la finalidad de proveer las vacantes definitivas, bien sea la totalidad de ellas o un porcentaje de estas. Por el contrario, se trata de un imperativo Constitucional y legal atendiendo lo dispuesto tanto en el numeral 10 del artículo 268 constitucional, reglamentado en los términos del artículo 12 del decreto Ley 268 de 2000.

Por ello, los Representantes de las Organizaciones Sindicales en dicha mesa, solicitamos respetuosamente al señor Contralor como presidente del Consejo Superior de Carrera Administrativa, máximo órgano de dirección de nuestra carrera administrativa, convocar a sesión, a fin de definir sin más dilaciones la convocatoria al concurso abierto para proveer los cargos en vacancia definitiva.

No hacerlo se traduce en un incumplimiento a las normas que regulan el régimen de carrera administrativa especial de la CGR, niega el derecho de los funcionarios provisionales a concursar para el ingreso a la carrera bajo criterios de exclusiva consideración del mérito, “sin que para ello la filiación política o razones de otra índole puedan incidir de manera alguna”. art 2.- Decreto ley 268 de 2000. Igualmente niega también a los funcionarios escalafonados, la posibilidad de ascender, prerrogativa que se puede materializar con la inclusión dentro de la convocatoria del concurso abierto de mayores valoraciones enfocados a la experiencia y formación.

Se lo debemos a los trabajadores, pero especialmente, se lo debemos a la ciudadanía dando ejemplo como máximo órgano de control fiscal del país, en el cumplimiento de las normas Constitucionales y legales.   

Paralelamente mientras se desarrolla el concurso abierto seguiremos avanzando en las propuestas y en la búsqueda de consensos para lograr la reglamentación legal del concurso de ascenso en la CGR, buscando aquella más viable, pero sin que se afecte nuestro régimen especial constitucional, ni la supremacía del Consejo Superior de Carrera de Administrativa.

 ATENTAMENTE,

ROCIO MARGARITA PALLARES        PEDRO RUBIO SANCHEZ
ASCONTROL                                  AFUNCGER                    
WILLIAM CASTAÑEDA SAENZ         OLGA LUCIA RODRIGUEZ
ASDECCOL                                    MAYO

JORGE ARAQUE ALDANA                LUIS ALBERTO SANDOVAL
SINALTRASE                                  CONAUDITORES

HERNANDO MEDINA                      MAURICIO BERMEO
CONFISPCOL                                 SINTRACGR