Requisitos para créditos de vehículo que ofrece el FBS

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Continuando con la socialización de los requisitos para acceder a los créditos que ofrece el FBS, en esta ocasión se presentan la última parte que corresponde a Vehículo, teniendo en cuenta lo establecido en el Manual de Crédito del FBS, para la adquisición de carros nuevos o usados que permitirán solucionar los problemas de desplazamiento de los funcionarios y su entorno familiar.

 

CRÉDITO DE VEHÍCULOS:

CONDICIONES

Para acceder a línea de créditos de Vehículos los funcionarios deberán:

a)    Las cesantías parciales y definitivas sean tramitadas y canceladas por el Fondo de Bienestar Social

b)    Estar inscrito en carrera administrativa

c)    Acreditar un tiempo de servicio no inferior a un año continuó en la Contraloría General de la República o en el Fondo de Bienestar Social

d)    los funcionarios se someterán al sistema de adjudicación por puntajes de acuerdo a los factores establecidos en el Manual de crédito

e)    La radicación de las solicitudes en las modalidades de vivienda se realiza los primeros quince (15) días de cada mes.

f)     Vehículo deberá ser de uso particular.

g)    El vehículo debe estar matriculado en Colombia

h)    Se otorgará igualmente crédito para liberación de prenda constituida legalmente a favor de entidad financiera o afín, cuando los intereses sean superiores a la taza establecida por el Fondo.

 

NOTA 1: No habrá segundo crédito para vehículo hasta no satisfacer la demanda por primera vez

DOCUMENTOS ESENCIALES PARA SOLICITUD DE CRÉDITO DE VIVIENDA

1) Formulario diligenciado 

2) Fotocopia de la cedula de ciudadanía del funcionario

FACTORES PARA DETERMINAR PUNTAJE:

a)    Tiempo de servicio

b)    Asignación básica mensual

c)    Fecha radicación de la solicitud  

DOCUMENTOS PARA SOPORTAR LOS FACTORES DE PUNTAJE

TIEMPO DE SERVICIO: El Fondo de Bienestar Social verificara el tiempo de servicio del funcionario sea de la Contraloría o del mismo fondo  

Asignación de puntaje:

ASIGNACION BASICA MENSUAL PUNTAJE
Más de 15 años de servicio 400
Más de 13 a 15 años de servicio 360
Más de 11 a 13 años de servicio 320
Más de 9 a 11 años de servicio 280
Más de 7 a 9 años de servicio 240
Más de 5 a 7 años de servicio 200
Más de 3 a 5 años de servicio 160
Más de 1 a 3 años de servicio 120

 

NOTA 2: Cuando la vinculación del funcionario no ha sido permanente debe aportar el tiempo de servicio histórico

ASIGNACION BASICA MENSUAL: El Fondo de Bienestar Social verificara la asignación básica mensual de los funcionario sea de la Contraloría o del mismo fondo 

Asignación de puntaje:

ASIGNACION BASICA MENSUAL PUNTAJE
Hasta 2.5 SMLMV 600
Más de 2.5 a 3.5 SMLMV 580
Más de 3.5 a 4.5 SMLMV 560
Más de 4.5 a 5.5 SMLMV 540
Más de 5.5 a 6.5 SMLMV 520
Más de 6.5 a 7.5 SMLMV 500
Más de 7.5 a 8.5 SMLMV 480
Más de 8.5 SMLMV 460

FECHA RADICACION DE LA SOLICITUD: Se asignan puntos al tiempo de radicación de las solicitudes de crédito, así:

FECHA RADICADO PUNTAJE
De 0 a 1 año 20
De 1 a 2 año 60
De 2 a 3 año 120
Mas de 3 años 200

 

CUANTIAS, PLAZOS, CUOTAS Y TASAS DE INTERÉS 2013

CARGO

TASAS2013

Efectivo Anual

CUANTÍA PLAZOS En Años

CUOTAS

Mensuales

 
Asistencial 01 3.46% $17’685.000 72 $274.908
Asistencial 02 4.49% $26’527.500 72 $424.289
Asistencial 03 5.51% $32’422.500 72 $533.279
Asistencial 04 5.51% $32’422.500 72 $533.279
Asistencial 05 7.56% $38’317.500 72 $665.416
Asistencial 06 7.56% $38’317.500 72 $665.416
Técnico 01 7.56% $38’317.500 72 $665.416
Profesional 01 7.56% $38’317.500 72 $665.416
Profesional 02 8.59% $44’212.5009 72 $788.311
Profesional 03 8.59% $44’212.5009 72 $788.311
Profesional 04 8.59% $44’212.5009 72 $788.311
Ejecutivo 01 9.61% $50’107.500 72 $916.841
Ejecutivo 02 9.61% $50’107.500 72 $916.841
Ejecutivo 03 9.61% $50’107.500 72 $916.841
Asesor 01 9.61% $50’107.500 72 $916.841
Asesor 02 9.61% $50’107.500 72 $916.841
Directivo 01 9.61% $50’107.500 72 $916.841
Directivo 02 9.61% $50’107.500 72 $916.841
Directivo 03 9.61% $50’107.500 72 $916.841
Directivo 04 9.61% $50’107.500 72 $916.841

NOTA 3: Las cuotas incluyen seguro de vida

DOCUMENTOS PARA LEGALIZAR Y DESEMBOLSAR EL VALOR DEL CREDITO

Una vez notificado de la adjudicación del crédito para vivienda, el beneficiario deberá legalizar dentro de los 60 días calendarios siguientes a la notificación, los documentos requeridos de acuerdo con la modalidad para la cual se le aprobó el crédito.

 

NOTA 4: El incumplimiento de los términos aquí señalados acarreará la pérdida del crédito, quedando facultada la Junta Directiva del Fondo de Bienestar Social para adjudicarlo al funcionario que siga en puntaje en el listado publicado. Si el funcionario renuncia al crédito dentro del término antes señalado se respetará el tiempo de radicación, si así lo determina.

Una vez aprobado el crédito:

COMPRA DE VEHÍCULO NUEVO:

a)    La factura proforma de establecimiento reconocido legalmente para la venta de vehículos o promesa de compraventa del vendedor.

La factura proforma debe contener las siguientes características del vehículo:

MARCA                 LÍNEA             
MODELO   TIPO DE CARROCERIA                 
COLOR   MOTOR N°  
CHASIS N°   SERIE N°  
PLACA N°   CAPACIDAD   
SERVICIO   CLASE  

b)    Constitución de prenda a favor del Fondo

c)    Pagare debidamente firmado

d)    Inclusión en la póliza contra todo riesgo tomada por el beneficiario del préstamo y seguro de vida.

e)    Certificación bancaria de la cuenta del establecimiento o persona vendedora a quien se hace el desembolso

f)     El vehículo a adquirir debe ser de un modelo cubierto por una póliza de seguro con la cobertura patrimonial y el valor amparado debe ser como mínimo por el valor del préstamo.

 

COMPRA DE VEHÍCULO USADO:

a)    La factura proforma de establecimiento reconocido legalmente para la venta de vehículos o promesa de compraventa del vendedor.

La factura proforma debe contener las siguientes características del vehículo:

MARCA                 LÍNEA             
MODELO   TIPO DE CARROCERIA                 
COLOR   MOTOR N°  
CHASIS N°   SERIE N°  
PLACA N°   CAPACIDAD   
SERVICIO   CLASE  

b)    Fotocopia de la tarjeta de propiedad

c)    Certificado de la DIJIN.

d)    Certificado de tradición del vehículo

e)    Constitución de prenda a favor del Fondo

f)     Pagare debidamente firmado

g)    Inclusión en la póliza contra todo riesgo tomada por el beneficiario del préstamo y seguro de vida.

h)    Certificación bancaria de la cuenta del establecimiento o persona vendedora a quien se hace el desembolso.

i)      El vehículo a adquirir debe ser de un modelo cubierto por una póliza de seguro con la cobertura patrimonial y el valor amparado debe ser como mínimo por el valor del préstamo.

 

GARANTÍAS:

Para realizar el desembolso el beneficiario del crédito debe constituir obligatoriamente a favor del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República, las siguientes garantías:

1)    Reserva de dominio a favor del Fondo de Bienestar Social de la Contraloría General de la República.

2)    Seguro de vida

3)    Seguro obligatorio

4)    Póliza contra todo riesgo.

En caso de que el funcionario beneficiario del crédito para vehículo no realice la debida renovación de la póliza contra todo riesgo a favor del Fondo de Bienestar Social, se decretará la caducidad del contrato y como consecuencia se dará cumplimiento al Artículo 4 en el numeral B del pagaré.

 En el evento en que a un beneficiario de crédito para vehículo se le presente un siniestro que implique la pérdida total (hurto o accidente de tránsito) y una vez el seguro haya respondido ante el Fondo y el beneficiario asumido el deducible, será tenido en cuenta de manera preferencial para adjudicársele un nuevo préstamo. En los créditos por siniestro en vehículo se actualizara el monto a prestar es decir se llevara a valor presente el crédito, siempre y cuando manifieste en ese sentido su interés y aporte el paz y salvo del crédito anterior.

NOTA 5: Es importante que el funcionario que tiene un vehículo como prenda ante el FBS, tenga actualizado el seguro contra todo riesgo y el obligatorio; por cuanto en el caso de presentarse algún siniestro con el vehículo, el funcionario continúa con la deuda ante el FBS del crédito; el seguro de vida es para cuando el funcionario fallezca y se saldaría la deuda total del crédito.

DESEMBOLSO: Únicamente se procederá al desembolso del valor del crédito cuando se cumplan con los requisitos anteriores y el funcionario posea capacidad de descuento por nómina del valor de la cuota mensual.

Adjunto los archivos de los formularios para solicitar el respectivo préstamo; también lo puede bajar del página del FBS www.fbscgr.gov.co; opción "Descripción de los servicios"; seleccionar "Créditos"; e ir a "Formulario de Solicitud de Crédito"

Cualquier información adicional pueden comunicarse con el FBS al teléfono 3532760 Ext 101 o escribir al correo electrónico fondobienestar@fbscgr.gov.co