¡Hasta el 21 de agosto! Convocatoria de Créditos Educativos CEF

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Estimad@s funcionari@s, Cordial Saludo,

Por ser de interés de tod@s, se recuerda que esta abierta la convocatoria de créditos educativos con contraprestación de servicios para esta vigencia 2020.

Se recibirán documentos hasta el próximo 21 de agosto de 2020, recuerden todo digitalizado y por sigedoc.

Los interesados en la presente convocatoria deberán cumplir con todos los requisitos que se establecen en la resolución 0553 de 2017, Estatuto Orgánico del Centro de Estudios Fiscales, en especial los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 46 primero y segundo inciso, y 47:

(…) Articulo 46: El crédito educativo con contraprestaciones es un apoyo financiero que la Contraloría General de la República otorga, con cargo al rubro de capacitación del presupuesto institucional, a los servidores públicos de la misma que cursen estudios formales de educación superior, y que cumple con los requisitos mínimos, criterios de valoración y procedimiento de selección que se establecen en el presente capítulo. Este crédito será exclusivamente para el pago del valor de la matrícula correspondiente y se admitirá como pago el cumplimiento por parte del funcionario de las contraprestaciones que se señalen en el presente estatuto las cuales se pactan mediante un acuerdo escrito entre servidor público y la Contraloría general de la República denominado convenio de contraprestaciones.

A ningún servidor público de la Contraloría General de la República se le podrá conferir comisión de estudios mientras tenga vigente convenio de contraprestaciones originado en crédito educativo u otro beneficio de formación y capacitación que dé lugar a la suscripción de este tipo de convenios. Tampoco se podrá otorgar crédito educativo a ningún servidor público a quien le haya sido conferida Comisión de estudios, durante el tiempo que duren la comisión y la vigencia del convenio de contraprestaciones.

Articulo 47: De los requisitos mínimos como condición para acceder al crédito educativo de contraprestación el servidor público de la Contraloría General de la República interesado deberá acreditar los siguientes requisitos mínimos dentro del plazo que fije anualmente el comité asesor mediante convocatoria abierta:

1. Encontrarse inscrito en el registro público de carrera administrativa de la Contraloría General de la República con una antigüedad en la entidad de mínimo un año continuo de servicio, cumplido a más tardar a la fecha de cierre inscripciones de la convocatoria. La antigüedad se computará a partir de su última vinculación a la entidad en caso de que haya tenido varias vinculaciones.

2. No registrar sanción disciplinaria en firme durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud

3. No tener vigente convenio de contraprestaciones o convenio de contraprestación de servicios originados en crédito educativo ni en comisión de estudios ni en ningún otro beneficio otorgado por la Contraloría General de la República, salvo que la solicitud sea para financiar periodos académicos posteriores del mismo programa académico y en el mismo centro educativo, para los cuales le fue otorgado el crédito educativo que haya dado lugar al convenio de contraprestación que tenga vigente el solicitante. Este requisito tampoco se exigirá a quienes tengan vigente convenio de contraprestaciones originado en crédito educativo para el financiamiento de su primer pregrado y lo soliciten para cursar su primera especialización, o a quienes, habiendo cursado su primera especialización con crédito educativo, lo soliciten para cursar su primera maestría.

4. Acreditar un promedio acumulado en el nivel académico inmediatamente anterior a aquel para el cual solicita el crédito, de mínimo de tres punto siete (3,7) en una escala de cero (0.0) a cinco (5.0), acreditado mediante certificado original de calificaciones.

5. No haber reprobado ninguna materia en el periodo anterior, independientemente del promedio acumulado de que trata el punto 4, anterior.

6. No registrar incumplimiento de convenios de contraprestaciones o de convenios de contra prestación de servicios anteriores.

7. Acreditar la admisión mediante certificación expedida por la institución educativa o matrícula en el programa o periodo académico para el cual presenta la solicitud de crédito.

8. Anexar el plan de estudios del respectivo programa que aspira a cursar.

9. Los estudios a financiar deben corresponder a educación formal en instituciones de educación superior colombianas, reconocidas legalmente.

10. Los periodos a financiar deben iniciarse durante la vigencia fiscal correspondiente a la convocatoria o durante la vigencia anterior siempre que se hayan iniciado con posterioridad a la fecha de cierre de la última convocatoria.

11. Presentar carta motivacional de acuerdo con el formato establecido por el Centro de Estudios Fiscales, acerca de la pertinencia del programa académico para la Contraloría General de la República, para el cumplimiento de su misión en materia de vigilancia de la gestión y control de los recursos públicos, evidenciando la forma en que los conocimientos que adquirírá serán aplicables en el puesto de trabajo bien sea que su área de desempeño sea misional y técnica o de gestión y apoyo administrativo. Dicha solicitud debe contar con el visto bueno del directivo correspondiente y con el compromiso del servidor público de cumplir con las contraprestaciones que se pacten y demás obligaciones emanadas del presente estatuto y del Convenio que al efecto se suscriba.

12. Diligenciar completamente el formulario de solicitud y adjuntar la totalidad de los documentos. El no cumplimiento de todos los documentos es causal de rechazo de oficio de la solicitud por parte del CEF. (…)”

Los interesados deberán diligenciar la solicitud de crédito educativo con contraprestaciones en el Campus Virtual del Centro de Estudios Fiscales en la siguiente dirección electrónica:

http://campusvirtual.contraloria.gov.co/siocap/creditos/

El sistema le generará el imprimible, únicamente cuando se haya registrado la totalidad de la información solicitada en cada campo del formulario electrónico, el cual, una vez impreso debe ser firmado por el interesado.

El formulario de solicitud y la totalidad de sus anexos han de ser remitidos a través del aplicativo SIGEDOC en un único radicado, por lo que el oficio de remisión por SIGEDOC ha de estar fechado y numerado. Los documentos deben estar en formato PDF, escaneados de forma que sean legibles, para garantizar la posibilidad de su apertura y revisión. Lo anterior también aplica para los servidores públicos de las Gerencias Departamentales Colegiadas. El radicado que se genere en el SIGEDOC para la remisión de los documentos debe ser público sin restricciones de acceso y único, es decir por cada funcionario.

Además de los requisitos exigidos en el artículo 47 de Estatuto Orgánico del Centro de Estudios Fiscales, el formulario debe acompañarse con los siguientes documentos:

 

a. Original del certificado de calificaciones expedido por la Institución Educativa correspondiente, en el que se evidencie el promedio académico alcanzado en el periodo inmediatamente anterior al que se pretende financiar o del nivel educativo anterior cuando la solicitud se cursa para el primer periodo académico, el cual debe ser mínimo de tres puntos siete (3.7) en la escala de cero (0.0) a cinco (5.0).
 

b. Certificado expedido por la Institución Educativa, donde conste que el servidor público se encuentra cursando el programa académico formal a financiar o matriculado en el mismo, o que cursó y aprobó el periodo a financiar. Dicho documento deberá contener la siguiente información:

• Nombre del programa académico.

• Duración del programa académico, especificando si es por ciclos, bimestres, trimestres, semestres, anualidades, o cualquier otra modalidad.

• Fecha de inicio y culminación del (los) periodo (s) académico (s) a financiar.

• Valor de matrícula por cada periodo académico.

• Debe estar refrendado por la autoridad competente de la institución educativa. Cuando el certificado sea electrónico debe contener la firma electrónica o el código de verificación correspondiente.

Nota: Por razones de salud pública y ante la emergencia presentada por el Covid-19, los documentos anteriores se pueden entregar de forma virtual anexando constancia bajo la gravedad del juramento que los documentos aportados son fiel copia tomados de su original.

 

c. Certificación Bancaria de la cuenta de la Institución Educativa a la cual se le va a realizar el desembolso, expedida por la entidad bancaria correspondiente, con una vigencia inferior a seis meses. Los recursos se girarán directamente a las instituciones educativas, de conformidad con lo prescrito en el artículo 16 de la ley 2008 del 27 de diciembre de 2019 ley de presupuesto.

 

d. Presentar Carta Motivacional de que trata el Numeral 11, del artículo 47 del Estatuto Orgánico del Centro de Estudios Fiscales. Esta debe evidenciar claramente la pertinencia del programa académico para la Contraloría General de la República, para el cumplimiento de su misión en materia de vigilancia de la gestión y control de los recursos públicos, evidenciando la forma en que los conocimientos que adquirirá serán aplicables en el puesto de trabajo en el que se desempeña el solicitante, bien sea que su área de desempeño sea misional y técnica o de gestión y apoyo administrativo.

Dicha solicitud debe contar con el visto bueno del directivo correspondiente y con el compromiso del servidor público de cumplir con las contraprestaciones

que se pacten, y demás obligaciones emanadas del Estatuto Orgánico del Centro de Estudios Fiscales y del Convenio que para el efecto se suscriba.

 

e. Declaración juramentada que debe ir suscrita con firma y huella donde se informe que:

• El funcionario no es beneficiario de otro crédito o beca educativa por parte de otra entidad o institución.

• Los documentos que presenta el funcionario son fiel copia tomados de su original.

 

Atentamente,

HECTOR EMIRO VIOLET VILLANUEVA
Representante de los trabajadores Comité Asesor Centro de Estudios Fiscales – CEF.