Garantías laborales para participar en jornadas de movilización
El Ministerio del Trabajo en el marco de sus funciones constitucionales y legales de inspección, vigilancia y control - en especial las conferidas por el artículo 486 del Códifo Sustantivo del Trabajo y el artículo 2 del Decreto 4108 de 2011 - reitera su compromiso como garante del dialogo social, la protección de los derechos fundamentales de las personas trabajadoras y el equilibrio entre los intereses económicos y sociales en el ámbito laboral.
En ese sentido, se recuerda que las y los trabajadores tienen derecho a participar en las jornadas de movilización convocadas para los días 28 y 29 de mayo del 2025, sin que ello pueda dar lugar a restricciones, sanciones, descuentos salariales, ni ningún tipo de represalia por parte de los empleadores, sean públicos o privados.
Para ver la normativa que sustenta esto
y a donde te puedes comunicar si te vulneran estas garantías laborales,
haz clic en el archivo adjunto donde encontrará la circular completa.
Adjunto | Tamaño |
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Garantias laborales 28 y 29 mayo 2025.pdf | 726.44 KB |
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