Circular 0011 de 2020 Contraloría General de la República

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DE: CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA.

PARA: FUNCIONARIOS Y CONTRATISTAS DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.

ASUNTO: REGRESO ESCALONADO PARA TRABAJO PRESENCIAL DE LOS FUNCIONARIOS DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

FECHA: 1° DE JUNIO DE 2020.

De conformidad con las recientes medidas adoptadas por el Gobierno Nacional conforme a las cuales, durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria por causa de la pandemia del Coronavirus COVID-19, las entidades del sector público deben procurar que la mayoría de sus empleados o contratistas desarrollen las funciones y obligaciones bajo las modalidades de trabajo en casa u otras similares.

El propósito principal de la presente circular es adoptar en la Contraloría General de la República las recomendaciones e instrucciones que permitan que al momento de iniciar el regreso escalonado al trabajo presencial, se cuente con las condiciones logísticas que así lo permitan conforme a las disposiciones de la Resolución 666 de 2020 del 24 de abril de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social.

El regreso escalonado al trabajo presencial en las sedes de la Entidad se efectuará, por regla general, a partir del primero (1) de julio de 2020, para lo cual deberá tenerse en cuenta lo siguiente:

  • La Gerencia del Talento Humano y los Gerentes Departamentales adoptarán las medidas necesarias, con miras a cumplir las disposiciones decretadas por las autoridades locales en cuanto a las restricciones a la movilidad, pudiendo prorrogar el inicio de actividades presenciales en las diferentes sedes, conforme a su competencia y sin que ello implique la suspensión de la prestación del servicio. Así mismo, los servidores deberán realizar el reporte a las plataformas digitales y demás obligaciones impuestas con ocasión de la emergencia.
  • El regreso escalonado deberá regirse estrictamente por las reglas previstas en la presente circular.
  • En caso de que antes del primero (1) de julio de 2020 sea estricta y excepcionalmente necesaria la presencia de servidores en las instalaciones de las sedes de la Entidad, deberá contarse con autorización del jefe inmediato y cumplirse las reglas establecidas en la presente circular.

A partir de la fecha y con miras a preparar el regreso escalonado al trabajo presencial, los jefes inmediatos deberán coordinar las condiciones necesarias y obligatorias, así como los reportes aquí establecidos para el inicio de actividades presenciales, lo cual no podrá exceder del día diez (10) de junio de 2020. Ningún servidor tiene la obligación de presentarse a prestar sus servicios en las instalaciones de la Entidad, sin previamente haber acordado con su jefe inmediato la modalidad y forma en que lo hará, y sin que éste haya verificado el cumplimiento de los requisitos y condiciones aquí establecidos.

Los siguientes ítems se encuentran en la Circular 0011 de 2020 que se adjunta al final.

I. MEDIDAS ORGANIZATIVAS

1.1. TRABAJO EN CASA

1.2. TRABAJO PRESENCIAL

1.3. ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

II. MEDIDAS ADMINISTRATIVAS

2.1 En todas las sedes de la entidad

2.2 En el nivel central

Otras medidas

Medidas especiales según instalaciones y ubicación geográfica de las sedes

MEDIDAS DE AUTOCUIDADO

MEDIDAS ANTE LA DETECCIÓN DE CASOS DE CONTAGIO POR COVID — 19

Adjuntos
Adjunto Tamaño
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