Informe CEF ¡Nuevo Estatuto!
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Compañeros:
El pasado 14 de febrero de 2017 la Dirección del CEF dio a conocer el proyecto de Resolución que reglamenta la organización interna del centro así como adopta el nuevo Estatuto de Capacitación.
Dicho documento fue socializado con todas las organizaciones sindicales existentes en la CGR. El plazo concedido por la administración para remitir nuestros comentarios (organizaciones y representante) fue hasta el 20 de febrero.
Atendiendo la complejidad del asunto y sobre todo lo relevante del tema para los trabajadores, solicite realizar una reunión, previa a la realización del Comité, con los compañeros del centro así como con los representantes de las organizaciones sindicales para evaluar y discutir la propuesta, por cuanto en la misma se evidencian situaciones que desmejoran las condiciones actualmente establecidas para el acceso a algunos beneficios como son créditos de contraprestación de servicios y comisiones de estudio al exterior.
La reunión con los compañeros del CEF se realizó el día miércoles 22 de febrero, con especial énfasis en el análisis en la propuesta de organización interna del centro y las funciones asignadas.
El lunes 27 de febrero se realizó la primera reunión del Comité Asesor para evaluar el proyecto de reglamentación. Al respecto debo recordar que la potestad del señor Contralor para determinar la organización interna del centro era de seis (6) meses posteriores a la vigencia de la Ley 1807 de 2016, la cual fue expedida el 1 de septiembre.
En la reunión presenté y argumenté los puntos que NO COMPARTO del proyecto y por ende mi voto negativo a los mismos. Algunas sugerencias y peticiones fueron atendidas pero otras NO.
Como resultado de la reunión se aprobó el proyecto y el señor Contralor procedió a expedir el ESTATUTO ORGANICO DEL CENTRO DE ESTUDIOS FISCALES, Resolución OGZ-0553 del 28 de febrero de 2017..
En términos generales, expreso mi posición de rechazo a la propuesta por hacer más gravoso el acceso a ciertos beneficios con que actualmente contamos los trabajadores, considero que la política de administración del CEF prioriza criterios de excelencia y calidad en la asignación de recursos pero deja a un lado aspectos de especial relevancia como la distribución equitativa de los mismos; es decir, quienes devengan menos deben tener la oportunidad de recibir mayor ayuda así como quienes laboran en zonas con condiciones socio económicas especiales.
Preocupa en gran medida la situación presupuestal del CEF toda vez que vamos dos meses de la presente vigencia y no se conoce el rubro con que cuenta para el desarrollo de sus actividades, incluso en la reunión se manifestó que no había disponibilidad de recursos para el centro.
Compañeros, los principales cambios, modificaciones o novedades del Estatuto corresponden a:
ORGANIZACIÓN INTERNA:
Además de las instancias creadas por la Ley: -Contralor General de la República en cabeza del centro, -Comité Asesor conformado por tres personas: Contralor General, un Contralor Delegado designado por el señor Contralor y el representante de los trabajadores, así como – Director del CEF, el Estatuto crea los siguientes equipos de trabajo interno:
Consejo técnico: Conformado por Director, Asesores del centro más los líderes de cada equipo interno de trabajo.
Equipo de Investigación y Gestión del Conocimiento
Equipo de Formación y Capacitación
Equipo de Tecnología Educativa
Equipo de Cooperación y relaciones institucionales
Equipo Administrativo y Financiero
Enlace Gerencias Departamentales con funciones específicas. Respecto a la distribución de trabajo para que no impacte, en especial a las gerencias pequeñas, el señor Contralor manifestó que esas funciones recaen directamente en los Gerentes Departamentales.
INVESTIGACIÓN
La Ley atribuye al centro “realizar y promover la investigación”; en tal sentido, el Estatuto además de crear el equipo de trabajo antes referido crea el Sistema Institucional de Investigación, señala que la CGR se registrará ante COLCIENCIAS como institución de investigación, asigna al Despacho de la Vicecontraloría impulsar el registro de los grupos de investigación ante CONLCIENCIAS.
Se reconoce el derecho de los funcionarios a formar grupos de investigación libremente; sin embargo, el procedimiento o actividades a desarrollar para fomentar la investigación así como el tema de estímulos será objeto de regulación posterior por el Comité Asesor.
En este punto se solicitó a la administración contar con la experiencia y conocimiento de los funcionarios de la CGR que participan de investigación en centros docentes o que por sus estudios, por ejemplo Doctorados, pueden aportar en el proceso.
GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO:
El Estatuto retoma esta figura pero su reglamentación será expedida posteriormente por el Comité Asesor.
RECURSOS CEF – FONDO CUENTA
El Estatuto retoma lo estipulado en la Ley respecto a este Fondo especial en donde se manejan los recursos del centro, tanto los que provienen del presupuesto de la nación como los que genere como propios, la administración del Fondo recae en el Director del CEF quien deberá rendir informes al Comité Asesor.
Se solicitó y aprobó la inclusión expresa que el cobro de servicios del CEF, cuando así se determine, será únicamente para usuarios externos pero en ningún evento para los funcionarios de la CGR.
ESTATUTO DE CAPACITACIÓN:
Se agrupa en un solo cuerpo normativo la regulación interna referida a la capacitación de los funcionarios de la CGR; cabe anotar que el Estatuto de Capacitación está contenido en la Resolución 0110 de 2010 pero fue objeto de modificaciones parciales con las R. 170 de 2012 luego la R. 066 de 2014 y finalmente la R. 0272 de 2016.
PROGRAMACION CAPACITACIONES Y DESIGNACION PARTICIPANTES
Se insistió en la necesidad de establecer procedimientos públicos y transparentes tanto en la divulgación de los programas ofrecidos; a efectos de que los interesados, que cumplan con los perfiles de la capacitación, tengan la oportunidad de manifestar su intención; así como en la aplicación de criterios objetivos para la selección de los participantes.
El texto propuesto no fue aprobado; sin embargo, en el Art. 24 del Estatuto se incluyó que si bien corresponde al Jefe inmediato presentar la lista de participantes a los eventos, está ira precedida por la divulgación de dichos programas al interior de la dependencia. De igual manera, el Art. 2 al referirse a las funciones del enlace en las Gerencias Departamentales, señala que apoyará “los procesos de detección de necesidades de capacitación, investigación, divulgación, convocatorias y selección de participantes en eventos de capacitación.”
No se aceptó incluir parámetros objetivos de selección.
PARTICIPACION DIAGNOSTICO DE NECESIDADES – PLAN ANUAL
Esta representación planteó de manera reiterada la petición de incluir procedimientos expresos que garanticen la participación efectiva de los funcionarios en el diagnóstico de necesidades, instrumento que conlleva a la elaboración del Plan Anual de Capacitación.
Si bien no se aprobó el texto sugerido, se incluyó el tema en el Art. 26 como un Derecho de los servidores públicos de la CGR.
CREDITOS EDUCATIVOS CON CONTRAPRESTACION DE SERVICIOS
REQUISITOS:
Se mantiene el promedio académico de 3.7 a pesar de la insistente petición de bajar a 3.5.
Se establece como nuevo requisito: “No haber reprobado ninguna materia en el período anterior, independientemente del promedio acumulado de que trata el punto 4, anterior.” Punto con el cual no estuve de acuerdo.
El proyecto eliminaba la excepción actual de acceder a crédito de contraprestación a quienes tengan vigente convenio de contraprestaciones originado en crédito educativo para el financiamiento de su primer pregrado y lo soliciten para cursar su primera especialización, o a quienes habiendo cursado su primera especialización con crédito educativo, lo soliciten para cursar su primera Maestría; sin embargo, la administración estuvo de acuerdo en dejar la excepción como actualmente se tiene.
Los restantes requisitos se mantienen.
MONTO DEL CREDITO Y CRITERIOS DE ASIGNACION
El Art. 48 del proyecto establece que el crédito se asignará hasta por el 100% del valor de la matrícula sin sobrepasar el monto máximo (13 SMLMV); sin embargo, teniendo en cuenta que el presupuesto normalmente no alcanza a cubrir la totalidad de las peticiones, el proyecto planteaba en el Art. 49 la asignación de recursos en estricto orden de mérito; sin embargo, se aceptó la propuesta de dar potestad al Comité Asesor para evaluar la situación atendiendo criterios de equidad.
En efecto, actualmente el Comité ha venido aplicando a la par criterios de equidad y mérito, en tal sentido, por ejemplo, en 2015 se asignó el 100% del valor de su petición a compañeros del nivel asistencial y tecnólogos, el 100% para los 15 mejores puntajes y para todos los restantes peticionarios el 60%.
COMISIONES DE ESTUDIO AL EXTERIOR
No es grato informar que los requisitos exigidos para el otorgamiento de este beneficio se han incrementado, así:
Pasa de 1 año a 2 años la antigüedad exigida en la entidad.
El puntaje mínimo para la evaluación de la solicitud pasa de 50 a 70/100.
Los factores de evaluación corresponden a:
FACTOR
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RANGO
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FORMA DE EVALUACIÓN
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1
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Antigüedad en la Contraloría General de la República contada a partir de la última vinculación.
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0 – 15
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Tres (3) puntos por cada año de servicio, hasta el máximo establecido.
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2
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Promedio acumulado del pregrado o de un postgrado en la escala de 0.0 a 5.0 o su equivalente en otras escalas.
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0 – 20
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- Inferior a 3.8: Cero (0) puntos
- 3.8 a 3.99: Cinco (5) puntos
- 4.0 a 4.39: Diez (10) puntos
- 4.4 o más: Veinte (20) puntos
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3
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Producción intelectual en temas que contribuyan al Control Fiscal.
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0 – 15
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- Publicación con registro ISSN: Un (1) punto.
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4
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Desarrollo de labor docente en el Centro de Estudios Fiscales u otra entidad docente de educación superior.
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0 – 15
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Tres (3) puntos por cada asignatura dictada siempre que la intensidad horaria sea mayor o igual a treinta (30) horas. La misma asignatura dictada en distintas ocasiones, solo se valorará una vez.
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5
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Créditos Educativos y Comisiones de estudios recibidos con anterioridad.
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0 – 15
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6
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Que la Universidad figure entre las 500 mejores del ranking Shanghai o QS, o entre las 200 del ranking Times, en alguno de los últimos dos años.
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0 – 10
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Diez (10) puntos si figura.
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7
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Certificación de dominio de un segundo idioma (nivel B2 MCE)
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0 – 10
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Diez (10) puntos si presenta certificación con vigencia menor a cinco (5) años.
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TOTAL
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100
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Puntaje máximo que se puede asignar
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COMISION DE ESTUDIOS AL EXTERIOR CON BECA
El proyecto planteaba exigir el cumplimiento de un mínimo de 40/100 de los factores antes aludidos así el funcionario cuente con Beca; sin embargo, por petición presentada se logró mantener vigente la norma actual que no exige ningún puntaje para evaluación de la comisión a funcionarios con Beca.
COMISION DE ESTUDIOS AL INTERIOR DEL PAIS
Se aprobó esta figura como procedente sólo para los funcionarios de las Gerencias Departamentales Colegiadas con condiciones socios económicas especiales: Choco, Guainía, Guaviare, Vichada, Vaupés, Putumayo, Casanare, Arauca; San Andrés y Amazonas.
EXIGENCIA SOPORTES
Se insistió en eliminar todas aquellas exigencias al trabajador para la presentación de soportes incluso cuando reposan en la entidad, en tal sentido, se aprobó modificar el proyecto para que no se exija al funcionario soportes que reposen en la hoja de vida laboral y también se estableció que si la certificación del curso o programa es expedida por el CEF copia de la misma se remitirá a Talento Humano, Hoja de Vida del funcionario.
Compañeros, queda pendiente la planeación y programación de actividades así como la presentación del presupuesto con que cuenta el centro para su ejecución, de tal manera que estaré informando al respecto para que estén todos enterados.
Cordialmente,
Genny Eraso Muñoz
Representante de los trabajadores ante
El Comité Asesor del CEF
Adjuntos
Adjunto | Tamaño |
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Norma con que se expide el Estatuto Orgánico del Centro de Estudios Fiscales.pdf | 709.77 KB |
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