La administración CGR no ha entregado dotaciones del 2019 a trabajadores

Bogotá, D. C.
Doctor
CARLOS FELIPE CORDOBA LARRARTE
Contralor General de la Republica
Doctora
SANDRA PATRICIA BOHORQUEZ
Gerente Administrativa y Financiera
Bogotá D.C
ASUNTO: DOTACION UNIFORMES Y CALZADO VIGENCIA- 2019.
El artículo 230 del Código Sustantivo del Trabajo y la Ley 70 de 1998 Reglamentario del Sector Estatal, establecen que las empresas tanto públicas como privadas deben dotar de uniformes y calzados a todos aquellos trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales, con la finalidad de cumplir sus actividades laborales de manera segura y efectiva.
La Ley 70 de 1998, modificada por el decreto 1978 de 1989, reglamenta el suministro de calzado y vestido, para los empleados del sector público establece que los servidores públicos tendrán derecho a que la respectiva entidad les suministre en forma gratuita, cada cuatro meses, un par de zapatos y un vestido de trabajo, e indica que dichas dotaciones deberán hacerse, así: 30 de abril, 31 de agosto y el 30 de diciembre de cada año. Así mismo indica la norma que para tener derecho a dicha prestación el trabajador debe haber laborado para la respectiva entidad por lo menos tres (3) meses en forma ininterrumpida, antes de la fecha de cada suministro y devengar una remuneración inferior a dos (2) salarios mínimos legales vigentes.
Como puede observarse, los requisitos para tener derecho a la dotación estipulada en la ley son que el servidor tenga una remuneración mensual inferior a dos (2) salarios mínimos legales vigentes y haber laborado más de tres meses en la respectiva entidad al momento de su causación.
Teniendo en cuenta lo anterior, los asistenciales grados 1, a la vigencia fiscal de 2019, cumplían con los requisitos para tener derecho a la dotación de tres (3) vestidos y tres (3) pares de calzados durante el año 2019.
Sin embargo, la Administración dejó vencer los plazos estipulados para la entrega de las dotaciones y aun a la fecha la entidad no ha hecho entrega de las dotaciones correspondientes al año 2019, que por Ley debería hacerlo, incurriendo con ello en una omisión e incumplimiento de normas legales.
Transcurridos 5 meses del año 2020 y entendiendo las dificultades que significan el aislamiento preventivo se hace necesario adelantar y cumplir no solo con esta obligación legal sino un derecho adquirido de los trabajadores.
Ahora, es importante precisar, que, si bien es cierto y gracias al trabajo conjunto de las organizaciones sindicales y su administración, se alcanzó la tan anhelada equiparación de asignaciones básicas mensuales con las de la Procuraduría General de la Nación, con la expedición del decreto 408 del 16 de marzo de 2020, la asignación básica mensual de los asistenciales Operativos Grado -01, supera los dos (2) salarios mínimos legales, por lo que a partir de esta vigencia. dichos funcionarios ya no tendrían derecho a dicha dotación, también es cierto que durante la vigencia fiscal del 2019 si se tenía este derecho y la administración ha omitido ese deber legal, por lo que la Contraloría General de la Republica, como máximo Órgano de Control Fiscal, debe dar ejemplo de cumplimiento de las normas máxime tratándose de derechos de los trabajadores, para con los cuales su administración ha demostrado respetar y valorar.
Por lo anterior, solicitamos muy respetuosamente su intervención para que se proceda a la liquidación, reconocimiento y entrega de las dotaciones correspondiente a los asistenciales Grado 1 de la vigencia 2019.
CARLOS ABEL SAAVEDRA ZAFRA ROCIO MARGARITA PALLARES ORTIZ
Presidente Nacional Secretaria General